En atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: de Conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA el ARCHIVO de las actuaciones. Segundo: como consecuencia de lo anterior, se DECRETA el Cese Inmediato de toda medida de coerción personal, cautelar y de aseguramiento impuesta, así como la condición de imputado, a los ciudadanos OSMAN JESUS JORDAN NAVEDA venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.586.736 de 31 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio: MECANICO DIESEL, residenciado Urb. Independencia tercera etapa, vereda Nº 9, casa Nº 16, Coro Estado Falcón y al ciudadano EDGAR JOSE JIMENEZ MARQUES venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.386.846, de 26 años de edad, estado ci.....