DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO SE DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación formulado por la, sociedad de comercio IMPREGILO, S.P.A, C.A.
SEGUNDO: CONFIRMADA, la sentencia recurrida.
TERCERO: IMPROCEDENTE LA MEDIDA CUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS interpuesta por la abogada MAYRA MENENDEZ ROMAN, contra la Providencia Administrativa N° 1620, dictada por la Inspectoría del Trabajo César “Pipo” Arteaga de los Municipios San Diego, Naguanagua y Parroquias San José, Catedral y Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, que declaró Con lugar la solicitud de Reenganche y pago de de los salarios caídos interpuesta por el ciudadano JEAN APONTE.
Se condena en costas a la parte accionada, sociedad de comercio IMPREGILO, S.P......