Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presenta Querella Funcionarial (Cobro de Prestaciones Sociales), interpuesto por los ciudadanos Gustavo Briceño Vivas y Joaquín David Bracho Dos Santos, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 13.658 y 77.795, respectivamente, actuando en sus carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MARIA EUGENIA GIGLIO PRADA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.236.693, contra la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DEL ESTADO DELTA AMACURO.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese al Procurador General del estado Delta Amacuro de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuradurí.....