Este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 1, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: CONDENO al ciudadano JORGE LUIS GONZALEZ MESONES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.498.628, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 07-08-81, de profesión u oficio: Vigilante, residenciado en el Barrio Indio Manaure, Sector 10 casa N° 54, Barquisimeto Estado Lara; a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las penas accesorias a las de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento penal que le señale el Tribunal de Ejecución, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 278 del Código Penal en concordancia con el artículo 01 de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Trafico de Arma de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales.
La parte dispositiva de esta sentencia fue leída en la Audiencia realizada el.....