En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSPENDE EL PROCESO POR EL LAPSO DE SIETE (7) MESES E IMPONE AL ADOLESCENTE identidad omitida, LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:
1)Residir en un lugar determinado con advertencia de que cualquier cambio deberá informarlo al Tribunal.
2) Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal.
3)Prohibición de Portar Armas de Fuego .
4) Prohibición de ingerir bebidas alcoholicas y sustancias tóxicas
5)Prestar Servicio a la Comunidad por el lapso de tres meses en el ambulatorio rural de la Carucieña los días Sabados desde las 8am hasta las 12 pm realizando labores de limpieza y mantenimiento en dicha institución.
6)No asistir a bares pooles o cualquier sitio inadecuado a su edad.
6)Continuar sus estudios para lo cual deberá presentar constancias de estudios horario y las respectivas calificaciones.
El Juez de Control No 2
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