DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para IMPUTADO PERSONAS DESCONOCIDAS, por ser autor del delito precalificado por esta Fiscalía como DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 358 último aparte del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano: SILVERIO INOCENTE TOVAR VELIZ, venezolano, de 30 años, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.153.402 y residenciado en las Residencias Pan de Azúcar, calle Vela de Coro, Edif. Mariguitar, apto. 6-B, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, fundamentándose esta decisión en que esta demostrado la existencia de un hecho punible cometido pero, sin embargo, ha transcurrido el tiempo estipulado para que opere la .....