Decisiones del dia 28/07/2014
N° Expediente :
GP31-S-2013-000755
N° Sentencia :
PJ0082014000126
Fecha: 28/07/2014
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes: SOLICITANTES: EMILI JOHANNA MARCANO DE BRICEÑO Y ROBERT ALEXIS BRICEÑO TERAN, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-16.802.498 Y V-18.468.611 RESPECTIVAMENTE, DE ESTE DOMICILIO. ABOGADA ASISTENTE: NELLY MARGARITA OCHOA SEVILLA, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO. 134.990, Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: EMILI JOHANNA MARCANO DE BRICEÑO Y ROBERT ALEXIS BRICEÑO TERAN, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-16.802.498 y V-18.468.611 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por el abogado NELLY MARGARITA OCHOA SEVILLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 134.990, y de este domicilio. En cuanto a los hijos, manifiestan los solicitantes que no procrearon hijos durante su unión conyugal, con razón a los bienes que liquidar, no poseen.
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
N° Expediente :
GP31-S-2014-000455
N° Sentencia :
PJ0062014000150
Fecha: 28/07/2014
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes: SOLICITANTES: NAYIMIR MARGARITA GUTIERREZ DE LOPEZ Y JOSE RAMON LOPEZ ABOGADA ASISTENTE: WILLIAM RAFAEL ASTUDILLO FUENTES
Resumen:
CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: NAYIMIR MARGARITA GUTIERREZ DE LOPEZ y JOSE RAMON LOPEZ GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.426.546 y V-10.852.828 respectivamente, asistidos por el abogado WILLIAM ASTUDILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 211.684.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y que fuera contraído en fecha 19 de Diciembre de 1991, por ante el Registro Civil de la Parroquia Goaigoaza del Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, tal como se evidencia d.....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.