Duaca: 28 de Julio del 2016
Años: 206° y 157°
ASUNTO: 1.791-2016
Visto el Convenimiento suscrito por ante La Defensoría Municipal para la Protección Integral del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Crespo, Estado Lara, en fecha 18-05-2016, entre los ciudadanos: RODRIGUEZ SANCHEZ NORKIS ANDREINA y GARRIDO SILVA JOSE REMIGIO, titulares de las Cédula de Identidad Números V-19.424.879 y V-20.392.451, respectivamente, plenamente identificados en autos demandante y demandado en el presente juicio, con el fin de llegar a un acuerdo con respecto a la Obligación de Manutención, expusieron lo siguiente:
PRIMERO: El padre se compromete a suministrar la cantidad de Tres Mil Bolívares (Bs. 3.000, oo) semanal, se lo entregará en la casa de la madre.
SEGUNDO: La Madre manifiesta estar de acuerdo con la cantidad suministrada por el padre y se compromete administrar y suministrar dichos recursos a su hija.
TERCERO: En relación a los gastos referent.....