Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN en el presente procedimiento de oferta real de pago, presentada por la Oferente LABORATORIO ACME S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital el día 10 de julio de 1992, bajo el N°23, Tomo 22-A-1992, SDO., a favor del Oferido ciudadano FRANCISCO PESTANA, cédula de identidad N°V-17.744.919. PUBLIQUESE, REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS CON FUERZA DE DEFINITIVAS QUE LLEVA ESTE TRIBUNAL. 215º y 166º.