se declaró: 1. PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados HECTOR GAMEZ ARRIETA y FATIMA SANDOVAL, inscritos en el Instituto de Previsión Social bajo los Nro. 2.769 y 106.265, respectivamente, apoderados judiciales de la empresa IDESA FUNDIMECA C.A., de este domicilio, constituida e inscrita originalmente en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 10 de junio de 1974, bajo el Nº 44. Libro 112-A, cuyos estatutos sociales fueron últimamente reformados con motivo de la fusión de la compañía Distribuidora Electrónica S.A. (IDESA), inscrita en el Registro Mercantil que por secretaría llevaba el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 02 de marzo de 1966, bajo el Nº 2284, tal como consta de documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del E.....