Dispositiva.
En consecuencia, este Tribunal en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 22 de diciembre de 2003, y su posterior ratificación de fecha 26 de noviembre de 2004, y con fundamento en el artículo 335 de la Constitución Nacional, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Asumo totalmente el poder jurisdiccional en el presente asunto, prescindiéndose de la participación de los escabinos; Segundo: Se fija el Juicio Oral y Público en la presente causa para el día lunes 19 de octubre de 2009, a las 1:00 p.m. en la Sala N° 1 de este Circuito Judicial Penal, de acuerdo al sistema de agenda única que rige en esta Extensión Judicial. Tercero: Cítese a los expertos y testigos para el.....