Ahora bien, Ejecutada como ha sido la Redención de pena por trabajo y estudio a favor del penado Angel José Cova Subero, este Tribunal, Seguidamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° y 482 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a practicar Nuevo Computo Actualizado de la pena, en los siguientes términos:
El penado Angel José Cova Subero, venezolano, mayor de edad, 19 años de edad, Cedula de Identidad Nº 20.125.135; soltero, Nacido en fecha: 02-08-89, natural de San Juan de Unare, hijo de Eustoquia Cova y Carlos Subero, residenciada en: Playa Grande, frente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas , Carúpano, Estado Sucre; a cumplir la pena Seis (06) Años, Un (01) Mes Y Quince (15) Días De Prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión en concurso real de los delitos de Hurto Calificado, Hurto Calificado, Hurto Agravado Y Aprovechamiento De Cosas Provenientes Del Delito, previstos y sancionados en los artí.....