D E C I S I O N
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y del Derecho, declara Su INCOMPETENCIA SOBREVENIDA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad por ilegalidad conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar de suspensión de efectos ejercido por GIORGIO VALERIANO BERARDINELLI, venezolano, mayor de edad, cédula de Identidad Nro. 6.919.167 y de este domicilio en su carácter de presidente de la empresa OPERADORA HOTELERA VISCOUNT C.A contra el acto administrativo emanado de la INSPECTORIA DEL TRABAJO SEDE "PIO TAMAYO" DEL ESTADO LARA, SEDE BARQUISIMETO CENTRO mediante el cual se declaró con lugar solicitud de desmejora interpuesta por el ciudadano Julio Aponte titular de la cédula de identidad Nro. 7.313.958.
En consecuencia se DECLINA .....