DISPOSITIVA
Con fundamento en los anteriores razonamientos, oídas las exposiciones de las partes y sus alegatos, así como la Admisión de Hechos por parte del acusado y la no oposición de la representación fiscal, este Tribunal de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal de Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos:
PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos JOSE LUIS DIAZ ANDUEZA, C.I. 18.737.093, soltero, de 27 años, nacido en Barquisimeto Estado Lara, el 01-06-1983, albañil, domiciliado en Urbanización San Lorenzo entre calle 12 y 13 casa 11-38. Teléfono: 0426-2522976 a cumplir la pena de TRES AÑOS DE PRISION y al ciudadano ADRIAN JOSE GIMENEZ, C.I. 26.120.952, soltero, de 19 años, nacido en Barquisimeto Estado Lara, el 01-12-1990, Electricista, domiciliado en Urbanización Ruezga Norte sector 4, entre la vereda 7 entre y calle 22 casa Nº 12. Teléfono: 0424-54.....