PRIMERO: PROCEDENTE la impugnación realizada por la parte accionada contra la experticia de fecha 17 de Junio del 2016, efectuada por la Licenciada MARIA PATRICIA ZEPEDA. Así se establece.-
SEGUNDO: La validez de la Experticia contable, efectuada Licenciados ADY NIETO y WILFREDO ECHEVERRIA, supra identificados, consignada en fecha 11 de Agosto del 2016. Así se establece.-
TERCERO: La estimación definitiva de los montos condenados en la Sentencia N° 0836, de fecha 17 de Septiembre de 2015, mediante ponencia del Magistrado Dr. EDGAR GAVIDIA RODRIGUEZ, en de la cantidad Bs. 18.367.710,58 Bs. cantidad que deberá pagar la Sociedad Mercantil PRODUCTOS EFE, S.A., al ciudadano DOUGLAS ABRAHAM MENDOZA ROTUNDO, una vez quede firme la presente decisión. ASÍ SE DECIDE.
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CUARTO: Déjense transcurrir los lapsos correspondientes, para que las partes ejerzan los recursos que consideren, de conformidad con lo establecido en el Artículo 186 del Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se es.....