este Órgano Jurisdiccional actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA DE EMBARGO hasta cubrir la suma de DOSCIENTOS CUARENTA MIL DÓLARES NORTEAMERICANOS DE LOS ESTADOS UNIDOS ($ USD 240.000,00), o su equivalente en bolívares, calculados a la tasa de cambio fijada por el Banco Central de Venezuela, si la medida recae en dinero en efectivo o en su defecto hasta cubrir la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL DÓLARES NORTEAMERICANOS DE LOS ESTADOS UNIDOS ($ 480.000,00) o su equivalente en bolívares, calculados a la tasa de cambio fijada por el Banco Central de Venezuela, doble de la cantidad demandada, si la medida recae sobre bienes propiedad de la parte demandada antes identificada, más la suma de UN MIL NOVECIENTOS VEINTE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS ( USD $ 1.920,00), o su equivalente en bolívares a la tasa del Banco Central de Venezuela al momento de su pago, por concepto de intereses generados por el capital de la letra de cambio, calculados a la tasa.....