D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Constitución, Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Con Lugar la demanda interpuesta y se condena a la demandada a pagar los montos determinados en la parte motiva de ésta decisión y lo que se derive de la experticia complementaria del fallo que se ordenó practicar.
SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada por haber resultado totalmente vencida
Dictada en Barquisimeto, a los veintiocho (28) días del mes de octubre de 2008, años 198° y 149° de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
ABG. JOSÉ MANUEL ARRÁIZ C.
EL JUEZ
ABG. ELIANA COSTERO ENCINOZA
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