Con fundamento en las anteriores consideraciones, éste Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, actuando en sede inquilinaria, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda presentada por la ciudadana ELIA CELESTE MARCANO DE MARTINEZ contra CARMEN MARIA OLIVERA, ambas partes arriba identificadas. En consecuencia, adopta las siguientes resoluciones:
PRIMERO: Declara extinguido el contrato o relación de arrendamiento existente entre las partes del presente juicio, suscrito en fecha 22 de octubre de 1.998.
SEGUNDO: Consecuencialmente condena a la parte demandada, CARMEN MARIA OLIVERA como arrendataria, a que desocupe el inmueble (casa) que ocupa en alquiler, arriba identificado y que se da aquí por reproducido, y se lo entregue a la parte actora en el mismo estado en que lo recibió y dejarlo libre de bienes y .....