Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA, planteado en fecha 08 de julio de 2015, por la abogado JUSTA ANTONIA DIAZ PEÑUELA, en su condición de abogado asistente de las partes, contra la decisión dictada en fecha 03 de julio de 2015 por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, en el juicio por DIVORCIO (185-A) presentado por el ciudadano JOSE ANTONIO CAMERO, contra la ciudadana MAYDA JOSEFINA GOMEZ, ambos antes identificados. En consecuencia, se declara que la competencia por la materia corresponde a un Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Araure de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Se confirma la decisión dictada por el Tribunal a.....