así mismo acepto de que los bienes embargados sean dejados bajo la guarda y custodia de la demandada e igualmente dejo constancia de que recibo en este acto la cantidad de Un Millon de bolívares exactos (Bs. 1.000.000,00) en dinero efectivo". Ambas partes solicitan que se remita la comisión al tribunal de la causa a los fines de que homologuen el convenimiento realizado entre las partes. En este estado este Juzgado Ejecutor de medidas vista la exposición realizada por las partes acuerda dejar los bienes embargados preventivamente bajo la guarda y custodia de la ciudadana: Maria Alejandra Part de Ramírez, titular de la cedula de identidad N° 11.784.012,