Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado José Luís Campos Medina, en su condición apoderado judicial de los ciudadanos Petra Columba Urdaneta, Enrique Luís Peraza Urdaneta, Niobis Maria Peraza De Garcia, Zuleima Pastora Peraza Urdaneta y Carlos Nemencio Peraza Urdaneta, contra el auto dictado en fecha 08 de noviembre de 2011, por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por desalojo de inmueble, seguido por los ciudadanos Petra Columba Urdaneta, Enrique Luís Peraza Urdaneta, Niobis Maria Peraza De Garcia, Zuleima Pastora Peraza Urdaneta y Carlos Nemencio Peraza Urdaneta, contra el ciudadano Denis Ramón Pérez Silva, en el asunto principal KP02-V-2011-002084. En consecuencia, se ordenó la admisión del recurso de apelación en ambos efectos.