En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE LA ACUSACIÓN PRIVADA planteada por el ciudadano INES ANNELLYS RODRIGUEZ MARCANO, venezolana, de oficios del hogar, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 16.398.742, y domiciliada en la calle Colombia, casa s/n, de Casanay, municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, asistida por el Abogado ALFONSO JOSÉ BERRIOS LEÓN, venezolano, Mayor de edad, Casado, titular de la cédula de identidad Nro 5.808.522, inscrito en el Instituto de previsión social del abogado bajo el Nro 53.275, y domiciliado en el sector los altos, calle la sabana, casa s/n, parroquia santa cruz del Municipio Ribero del Estado Sucre, interpuesta en contra del ciudadano DOMINGO LUIS GONZALEZ, venezolano,.....