Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio realizada por el ciudadano EDWARD ANTONIO YANEZ CHIRINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V – 10.708.307, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro, municipio Miranda del estado Falcón, debidamente representado por los profesionales del derecho OSWALDO MADRIZ, Y ELIZA PALENCIA abogados en ejercicio, Inpreabogado. 101.864 y 136.891, de este domicilio, con.....