IV
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para entrar a conocer y decidir en primera instancia el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano RONY LEONARDO ROAS PIÑA, titular de la cedula de identidad Nº 9.540.782, asistido por el abogado Daniel Ramón Montoya Alvarado, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 201.878, contra el HOSPITAL CENTRAL UNIVERSITARIO "DR. ANTONIO MARÍA PINEDA".
SEGUNDO: Se declara la PERENCIÓN de la instancia en el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
TERCERO: Archívese oportunamente el presente asunto.
CUARTO: No hay condenatoria en costas de conformidad con.....