Por las razones expuestas, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Leoncy Landaez, Fiscal Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal Sexto en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo en fecha 22 de julio de 2011, y publicado el texto integro de la Sentencia en fecha 16 de septiembre de 2011, mediante la cual ABSUELVE a los ciudadanos Zurimar Nohelí Soto Gutiérrez, Jean Carlos Requena Medina, Alirio Rafael Montero, Erick Asdrubal Elías Ortíz, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA, previsto en el artículo 406.1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 84.3 ejusdem atribuido a la primera, a.....