DECISIÓN
En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara Administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 18-12-1998 por el abogado JULIO TROCONIS, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara de fecha 15- 12- 1998, en la que se declaró con lugar la acción por Cumplimiento de Contrato firmado por ante la Notaría Pública Segunda de Barquisimeto en fecha 03-07-90, inserto bajo el Nº 61, tomo 94, de los Libros de Autenticaciones, entre lo ciudadanos FRANCESCO NARDI COCCIA y VITTORIO ALTADONNA y la ciudadana JOSEFA GONZALEZ DE RODRÍGUEZ identificada también como JOSEFA GONZALEZ DUARTE, en consecuencia se declara al ciudadano FRANCESCO NARDI como legítimo cesionario que es del 50% de los derechos que le corresponden sobre la posesión y ocupación del galpón.....