Este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 645, y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA; LA CESACION DE LAS MEDIDAS DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, impuesta al joven sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por haberse cumplido la misma lográndose así el objetivo y finalidad de las medidas y haber transcurrido el plazo establecido en la sentencia. Se decreta la libertad plena del sancionado en la presente causa. Así se decide. Se acuerda notificar al Equipo Multidisciplinario de la presente decisión.-
En Guanare a los Veintinueve días del mes de Enero del año 2007.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
Abg. ALICIA NARANJO DE BISCARDI
LA SECRETARIA
Abg. ARGELIA GUÉDEZ ROMERO.