Por los razonamientos antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCON Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente Causa, seguida por la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Publico, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en contra en contra de los Adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS, por estar presuntamente incursos en la comisión de uno de los delitos previstos en el Artículo 453 ordinal 3ro del Código Penal de los denominados CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente HURTO CALIFICADO. Publíquese, regístrese y notifíquese. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de los Municipios .....