DISPOSITIVA
Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Bolìvar y Mejìa del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos CARLOS MANUEL SALAZAR HERNANDEZ y LESVIA ROSA PEREZ DE SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, con cédulas de identidad Nos. V- 3.344.621 y V- 5.089.409, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio INES MARIA PICO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 193.269. En consecuencia: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por virtud del Matrimonio Civil, celebrado por ante la Prefectura del Municipio Altagracia, Distrito Sucre, Estado Sucre, como se evidencia en la copia certificada del original del Act.....