Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Mixto Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, por UNANIMIDAD, declara al Acusado KART JONATHAN SALAZAR ARREDONDO, venezolano, de 27 años, soltero, titular de la cédula de identidad N° V 13.630.387, natural de Cumana, nacido en fecha 18/03/1979, de profesión u oficio obrero, residenciada Barrio Campeche, sector III de esta ciudad Estado Sucre, NO CULPABLE, de la comisión de el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal en perjuicio del ciudadano MIGUEL JOSE ROSALES, NO CULPABLE de la comisión de el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para aquel momento, perpetrado en perjuicio del Estado Venezolano, y NO CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el .....