COMISIÓN N° 1361|.-
En el día de hoy, 29-04-2005, Siendo las 10:15 a.m. se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; a señalamiento de el abogado: MARIO MEJIAS, I.P.S.A. Nro. 61.140 A los fines de practicar Medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado Primero de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio del Estado Carabobo; por la Demanda Laboral intentada por ciudadana: ROSALIA CONDE ROSALES, mediante su Apoderado Judicial Abogado: MARIO MEJIAS contra el CENTRO DE MEJORAMIENTO PARA LA SALUD S.R.L. La parte Demandada asistida del Abogado: LUIS MARVAL, I.P.S.A. Nro. 70.705, manifestó: ?a los fines de llegar a un arreglo el día martes 03-05-05 fecha en la cual se reenganchara a la ciudadana: ROSALIA CONDE, ofrezco en calidad de garantía los siguientes bienes: (se describen plenamente en acta original levantada .....