Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con funciones de Ejecución, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad a los articulo 645 y 647, literal ¿h¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara la cesación de las medidas de Reglas de Conducta y servicio a la Comunidad contenidas en los artículos 624 y 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente impuestas en fecha 03 de marzo 2004 al joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), de 19 años de edad, Venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° 17.880.040, nacido el 17-10-1984, residenciado en el Barrio Bello Monte, calle principal, casa N° 52, cerca del tanque de agua, Guanare Estado Portuguesa, por haberse cumplido las mismas tanto en el lapso establecido como en l.....