III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda por Daños y Perjuicios incoada por la ciudadana JUDITH SERRADAS PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.596.461, de este domicilio, asistida por la Abogada YUDITH E. MIRANDA P., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.44.461, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 88.221, contra la SUCESIÓN DEROTAL THODE, constituida por los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO DEROTAL THODE (FALLECIDO), REMIGIO JOSÉ DEROTAL THODE, ELBA COROMOTO DEROTAL THODE Y NANCY MARIA DEROTAL THODE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad .....