PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia, interpuesta en fecha 12 de marzo de 2014 (folio 17 al 19), por la abogada JOANNA FALCÓN ARAUJO, en su condición de coapoderada judicial de la parte demandante, ciudadana SARA MARINA MANTILLA, como medio de impugnación de la sentencia interlocutoria proferida en fecha 05 de marzo de 2012, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio seguido contra el ciudadano ALVERTO EDUVIGIS ALMEIDA FLORES, por rendición de cuentas.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la referida sentencia interlocutoria de fecha 05 de marzo de 2014, mediante la cual el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, se declaró incompetente por la materia para seguir conociendo del juicio de rendición de cuenta.....