este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del imputado OSCAR JOSÉ ACOSTA FIGUERA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.126.314, de 38 años de edad, natural de Cumana estado Sucre; nacido en fecha 03/03/1977, Viudo, de oficio Albañil, hijo de Aura Figuera y Juan Acosta, residenciado en el Barrio los Cocos, tercera Calle, casa Nor. 24 de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0424-880-85-99; conforme a los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se acuerda seguir la presente causa, por el procedimiento establecido en el título II del Libro III del Decreto con Rango de Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, referente al procedimiento de los delitos menos graves.