DECISION
En virtud de las motivaciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, La Regulación de Competencia solicitada por la parte proponente Abg. MIGUEL RAMON ROJAS MORILLO, Inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro 119.704, en representación judicial del ciudadano JOSE RAFAEL GIL TERAN.
SEGUNDO: Se declara COMPETENTE, para seguir conociendo el asunto KP02-V-2023-001203, al Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y adolescentes del estado Lara, en el mismo estado que se encuentra.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en los archivos del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimie.....