en consecuencia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se decreta la Cesación de la Medida de Libertad Asistida que actualmente cumple el sancionado Omissis, plenamente identificado en el texto de la presente acta, de conformidad con lo previsto en el literal H del articulo 647 de la referida Ley, ordenándose el archivo del presente asunto y su remisión en su oportunidad al archivo central de este Circuito.