PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada Blanca Leticia Sierralta Betancourt, en su condición de co-apoderada de las sociedades mercantiles "Agropecuaria Hato La Cañada Avileña C.A", "Granja El Colibrí, C.A.", "Agropecuaria Manzanares De Navay, C.A." y "Agropecuaria Villa Consuela, C.A", en virtud de la sentencia dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que ordenó entre otras cosas mantener vigente la decisión dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, específicamente, las medidas cautelares preventivas de aseguramiento e inmovilización, en contra de los bienes muebles e inmuebles y cuentas bancarias de los imputados.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión publicada por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 25 de Enero de 2007.