este Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PENALMENTE RESPONSABLE y en consecuencia SANCIONA al adolescente , venezolano, de 17 años de edad, nacido en fecha 01/09/1994, de estado civil soltero, natural de Carúpano, identificado con la cedula de identidad Número V- 25.363.526, hijo de Aleidis Pilar González y Héctor Luís López, domiciliado en la Vía San José, Sector San Luís, Villa El Sol, vía Nacional Carúpano San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre; a cumplir la sanción de AMONESTACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literal A de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por la comisión del delito LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de CARMEN GIL y ROXANA KRAMER; de confo.....