En mérito a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO intentada por el ciudadano, ELIO MAURICIO ALVES DA COSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.000.233, asistido por la abogada, EYSBEND BENAVIDES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 110.950, contra Sociedad de Comercio SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A.. SEGUNDO: SE ORDENA a la Sociedad de Comercio SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A. a realizar el pago correspondiente por la cobertura de la póliza de seguros suscrita en fecha 20 de Junio de 2011, por el ciudadano, ELIO MAURICIO ALVES DA COSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.000.233. TERCERO: SE N.....