este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO de los cónyuges, ciudadanos BELKIS DEL VALLE CARVAJAL y MARIO JOSE GAMBOA VARGAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.422.814 y V-10.878.484, respectivamente, domiciliados la primera en el sector El Oasis, casa No.2, de la comunidad Santa Rosa, parroquia Punta Guiria, municipio Valdez del estado Sucre y el segundo en la calle Ecuador, casa No.107, parroquia Santa Catalina, en Carúpano municipio Bermúdez del estado Sucre, por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 185-A de nuestro Código Civil y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo m.....