V
DECISIÒN
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por los abogados Humberto Romero Muci, Mary Elba Díaz Colina, Maria Celina Frías Mileo y José Valecillos, en su carácter de apoderados judiciales de sociedad mercantil PRODUCTOS DE ACERO LAMIGAL, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Improcedencia de la Sanción N° GRTI/RCNT/DR/CBF/SCC/2008-01, del 11 de febrero de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual se declaró improcedente la compensación de créditos fiscales por concepto de excedentes de retenciones del impuesto al valor agregado soportadas y no descontadas, como medio de extin.....