impone de la orden de captura al adolescente XXXXXXXXX, ACUERDA librar oficio dirigido Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de esta ciudad, a los fines de la exclusión del sistema Informático computarizado llevado por ese Despacho. En cuanto a la solicitud del Nuevo computo presentado por la defensa este Tribunal proveerá por auto separado.- Se acuerda mantener Privado de Libertad al sancionado de autos en el centro de Prisión Preventiva de esta ciudad (SAPINAES), ya que al momento de la revisión e imposición el adolescente manifestó que era adulto y que quería esta en la comandancia de Policía por ser mayo de edad, y al ser verificado su fecha de nacimiento se observo que el mismo nación el 13-11-1992 por lo cuanto no cumple con su mayoría de edad, esto se realiza de conforme al articulo 192 del Código Orgánico Procesal Penal.