Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos JOSE ANTONIO RONDON RONDON y MARIA ROSA GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad No. 13.283.336 y 9.478.389, domiciliados el primero, en Capazón, Carretera Panmericana, Casa s/n., jurisdicción del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Bolivariano de Mérida, la segunda en el Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida. Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, cont.....