Por las razones de hechos y de derecho antes expuestas es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara Con lugar el decaimiento de la Medida Judicial Preventiva de Libertad impuesta al acusado Yhonny Alberto Romero Carrasquel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.118.706 y en consecuencia le impone la medida de Detención domiciliaria conforme a lo establecido en el artículo 242.1 del Código Orgánico Procesal Penal, con custodia y bajo la responsabilidad de su padre ciudadano Romero Yhonny Américo, quien se comprometerá mediante acta, detención éste que cumplirá el acusado en la siguiente dirección: Barrio Nuevas Brisas, calle 27 casa Nº 1380, cerca de una pista de bicicletas, frente al aeropuerto esta la estación policial casa de la ciudadana Miledys Macias Teléfonos 0257-253.31.62 y 0426.247.02.39, con rondas policiales dia.....