DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, estima presentes los supuestos del Art. 93 de la Ley de Violencia de Genero, por lo que se DECRETA LA FLAGRANCIA de la detención del Ciudadano: JOSE RAMON PEREIRA VALLES titular de la Cédula de Identidad Nº 17.942.605. SEGUNDO: En cuanto al procedimiento, SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL ORDINARIO, contemplado en la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42, Encabezado y Segundo Aparte de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: En cuanto a la medida de coerción personal se acuerda imponer las medidas de segur.....