Vista y analizada que en fecha veintiocho (28) de Septiembre del 2004, las partes se trasladaron a este Circuito Laboral a suscribir una TRANSACCION en presencia de la ciudadana Juez quien interrogó al trabajador sobre su actuación libre de constreñimiento, quien manifestó que actuó libremente, por cuanto el acuerdo contenido en el acta de transacción anexa, es producto de la voluntad libre conciente y espontánea expresada por las partes; por cuanto el acuerdo tiende a garantizar una armoniosa solución de la controversia a la que se refiere el proceso objeto de esta transacción contenida en el acta anexa. Se deja constancia que el ciudadano LUIS SANDOVAL CEIDEL, recibe en este acto de manos de la demandada, C.A, la cantidad de BS. 25.000.000,00, el cual recibe a su entera satisfacción, mediante cheque girado en contra del Banco Mercantil, de fecha 28-09-2004 a nombre del actor ciudadano Luis Sandoval Ceidel, con el numero 78424026 ¿no endosable¿, perteneciente a la cuenta corriente N.....