Por las razones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el articulo 110 del Código Penal DECLARA PROCEDENTE la solicitud de la defensa y se decreta
PRIMERO: extinguida, la acción penal para perseguir el delito de POSESION ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, tipificado en el artículo 34 de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento del hecho, a favor del ciudadano CARLOS EDUARDO MENDOZA, todo de conformidad con los artículos 48, numeral 8, del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: el sobreseimiento de la causa seguida contra el imputado CARLOS EDUARDO MENDOZA, de conformidad con el artículo 318, numeral 3, del citado Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de POSESION ILI.....