este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA FORMALMENTE LA INTERRUPCIÓN DEL DEBATE en la presente causa seguida al acusado DARWIN JOSE FERNANDEZ GONZALEZ, Venezolano, natural de Chacopata, nacido en fecha 22-06-1988, pescador, soltero, Estado Sucre 23 años de edad, Titular de la Cédula de identidad Nº V-18.789.643; residenciado en la población de Chacopata, sector las casitas, casa sin número, cerca del estadio, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre, por el delito HOMICIDIO CONCAUSAL Y ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 408 en concordancia con el artículo 458 ambos del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de MIGUEL ANTONIO LOZADA y SE REPONE LA CAUSA al estado de realizar un nuevo juicio y se fija para ello el día 13 de octubre d.....