DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA: Materializada la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, Bajo Caución Económica, a favor del ciudadano EDUARDO JESUS RIVAS OSTOS, Venezolano, Natural de Maracay Estado Aragua de 24 años de edad, titular de la cedula de identidad V 20.649.496, nacido en fecha 29-09-1.992, de profesión u oficio TSU en informática, hijo de Yhajaira Ostos y Edgar Rivas y residenciado en Urbanización los mangos, Calle 8, casa N J28 Maracay Estado Aragua, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de USO DE FACSIMIL, previsto y sancionado en el articulo 114 de la ley para el control de armas y municiones y ASOCIACION PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el articulo 37 de la ley Orgánica Contra la de.....